Prensa

12/12/2019

Modificaciones a los mecanismos de acceso y conexión de los sistemas informáticos de negociación

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Por medio de la RG N° 823 se incorporan mecanismos de acceso y conexión de los sistemas informáticos de negociación, basados en principios de no discriminación y de no discrecionalidad, con el objetivo de garantizar que aquellos agentes que quieran conectarse a un mercado, puedan utilizar los sistemas tecnológicos que deseen mientras cumplan con los estándares tecnológicos predefinidos.

Asimismo, la nueva normativa también busca ordenar la administración de la información del Mercado (market data), con distinción de la información que debe ser de distribución obligatoria por parte del mercado a sus agentes miembros, de aquella que se encuentra sujeta a  los acuerdos comerciales que se establezcan entre las partes para su uso.

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