Prensa

23/07/2019

Se reglamenta la posibilidad de que los Agentes Depositarios actúen como entidades financieras

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Mediante la RG Nº 802 se reglamenta lo establecido por la Ley de Financiamiento Productivo y su decreto reglamentario, en relación a la posibilidad de que el Agente Depositario Central de Valores Negociables pueda prestar servicios comprendidos en la Ley de Entidades Financieras N° 21.526.

En ese sentido se precisa el alcance de los servicios y actividades que podrá llevar a cabo el Agente Depositario Central de Valores Negociables a través de una sociedad vinculada, quien deberá contar con la previa autorización del BCRA.

Para ello, se tuvo presente la normativa internacional, aplicable a este tipo de entidades que prestan servicios bancarios de manera auxiliar.

RG 802

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