Prensa

25/06/2019

La CNV amplía y flexibiliza las posibilidades de inversión y actuación en los FCI

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Mediante RG 798 la CNV incorpora la posibilidad tanto de adquirir valores negociables emitidos por la Sociedad Depositaria, como de invertir en valores negociables cuando la Sociedad Depositara y/o cualquier entidad perteneciente al mismo grupo económico, actúe como ALyC  y/o AN. Todo esto en la medida que la entidad depositaria no pertenezca al mismo grupo económico de la sociedad gerente del FCI en cuestión.


Asimismo la nueva regulación habilita la actuación como ALyC y/o AN de la Sociedad Depositaria de un mismo grupo económico de la Sociedad Gerente, cuando se trate de la adquisición de valores negociables mediante el proceso de colocación primaria y/o en los casos de inversiones en valores negociables que no siendo susceptibles de ser adquiridos mediante el proceso de colocación primaria, sean ofrecidos por primera vez para su negociación en mercados autorizados.

Finalmente, la norma recepta con fines aclaratorios la utilización de cuentas abiertas del Fondo en la Sociedad Depositaria para el pago de honorarios, comisiones y gastos.

La RG fue sometida al procedimiento de Elaboración Participativa de Normas (EPN), donde se registraron opiniones y/o propuestas que enriquecieron el proceso que culminó con el dictado de la nueva normativa.

RG 798

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