Prensa

05/06/2016

La CNV modifica la normativa sobre control de calidad de auditoría, independencia y rotación de auditores externos

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A través de la RG N° 663, la Comisión Nacional de Valores (CNV) adopta en forma plena las normas internacionales de auditoría y de control de calidad de auditorías. Asimismo, la nueva normativa asume criterios de independencia para ser aplicados por los auditores externos de sociedades que hacen oferta pública de sus valores negociables y cuyos estados financieros deban ser emitidos conforme a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) adoptadas por la Resolución Técnica N° 26 “Adopción de las NIIF del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) y de la NIIF para las PYMES” y sus modificatorias, a través de la incorporación a sus Normas de las Resoluciones Técnicas Nos. 32, 33 y 34 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.

Como consecuencia de lo anterior, el sistema de rotación de los socios clave de auditoría debe ajustarse a las normas sobre independencia dispuestas por la RT N° 34, teniendo en cuenta el tiempo durante el cual la persona ha prestado servicios al cliente, siendo, en el caso de entidades que ingresan al régimen de oferta pública, de siete años, deducidos los años en que el profesional haya prestado servicios antes de su entrada a dicho régimen.

Por último, desaparece la obligación de rotar para las firmas de auditoría, siendo la rotación aplicable solamente a los socios clave en un encargo de auditoría.

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