BUENOS
AIRES, 07 de enero de 2008
RESOLUCIÓN
Nº 15.814
VISTO el Expediente Nº
883/07 rotulado “INTERCAPITAL S.A. SOCIEDAD DE INVERSIONES – BOLSANOA HOLDING
S.A. s/ Investigación”; lo dictaminado por
CONSIDERANDO:
Que, mediante
providencia dictada el 14 de junio de 2007 en el Expte. Nº 735/07 “BOLSA DE
COMERCIO DE CATAMARCA s/ constatación”(fs. 38/40), en su punto II. B), este Directorio dispuso
remitir las actuaciones a
Que en atención a lo expuesto el Sr.
Gerente de Investigaciones y Prevención del Lavado de Dinero ordenó a fs.
Que de acuerdo a lo informado a fs.
46 por
Que como resultado de la verificación
y en base a la documentación acompañada a las actuaciones (fs. 53/4) se comprobó
que el objeto social de la firma INTERCAPITAL de acuerdo a la publicación de la
constitución de la sociedad en el Boletín Oficial de
Que
a los efectos de determinar la operatividad de ambas entidades se requirió informe
a
Que conforme a la actuación notarial agregada a fs. 108
el Sr. Marcos Antonio VALENZUELA MAYER es el Presidente de la firma
INTERCAPITAL (06 de Julio de 2007) no obstante en el informe de la DIRECCIÓN DE
PERSONAS JURÍDICAS agregado a fs. 328 figura como Director Suplente, aunque en
el mismo se dejó constancia que desde la constitución de la sociedad, la misma
no había presentado documentación alguna.
Que de acuerdo a la folletería de
la firma INTERCAPITAL que fuera agregada a fs.172/173 se encuentra descripta la
actividad que la misma pretende desarrollar en la cual detalla que “…el
inversor otorga mandato de administración de fondos a INTERCAPITAL, realiza la
apertura de una cuenta corriente en destacados agentes de bolsa y deposita allí
los fondos administrados. INTERCAPITAL a través de sus ejecutivos, le provee al
inversor decisiones de compra y venta de activos en mercados de capitales,
garantizando en cada decisión la cobertura del capital de rendimiento….”
Que
la información obrante a fs. 202/308, permitió a
Que en virtud de dichas circunstancias, nos encontramos
ante situaciones diversas respecto de ambas entidades, ya que, INTERCAPITAL es
una entidad registrada ante la DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS de la Provincia
de Tucumán que se encuentra operativa y con intenciones de realizar operaciones
con títulos valores, -aunque del informe técnico producido a fs. 309/313 no ha
arrojado la existencia de operaciones con valores negociables-, sin perjuicio
del ofrecimiento que efectúa a través de su folletería (según fs. 172/3),
mientras que BOLSANOA es una sociedad que aún no está inscripta y como
consecuencia se encuentra inoperante, razón por la cual se le dará tratamiento
por separado dentro de las mismas actuaciones.
Que por lo expuesto precedentemente, se advierte que los
ofrecimientos efectuados por INTERCAPITAL quedarían alcanzados por el art. 16
de
Que en este punto vale recordar que el art. 16 de
Que en consecuencia, ante la falta de
adecuación a las normas en cuestión, correspondería intimar a INTERCAPITAL y a
su Director Titular Sr. Marcos Antonio VALENZUELA MAYER, bajo apercibimiento de
instruir el sumario previsto por el artículo 12 de
Que la presente se dicta en virtud
de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.811 y las implícitas que de ella
derivan.
Por
ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Intimar a
INTERCAPITAL S.A. SOCIEDAD DE INVERSIONES y a su Director Titular Marcos
Antonio VALENZUELA MAYER (D.N.I. 27.597.051) bajo apercibimiento de instruir el
sumario previsto por el artículo 12 de
ARTÍCULO
2º.- Incorporar en el sitio Web de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV) www.cnv.gov.ar, la advertencia al público
inversor de que la sociedad INTERCAPITAL S.A. SOCIEDAD DE INVERSIONES y el
señor Marcos Antonio VALENZUELA MAYER no son intermediarios autorizados a
operar en la oferta pública en el territorio de la República Argentina, ni se
encuentran registrados en una entidad autorregulada en el país.
ARTÍCULO
3º.- Notificar con copia autenticada de la presente Resolución a INTERCAPITAL
S.A. SOCIEDAD DE INVERSIONES, y a su titular Marcos Antonio VALENZUELA MAYER en
el domicilio ubicado en la calle Muñecas 486 de la ciudad de San Miguel de
Tucumán, Provincia de Tucumán.
ARTÍCULO
4º.- Regístrese y notifíquese con copia autenticada de la presente Resolución a
la BOLSA DE COMERCIO DE BUENOS AIRES a los efectos de su publicación en su
Boletín Diario e incorpórese en el sitio Web del Organismo en www.cnv.gov.ar
FIRMADO:
Eduardo HECKER – Presidente; Alejandro VANOLI – Vicepresidente; Dr Héctor O.
HELMAN - Director